Continuando
con el tema de la recien promulgada Ley del Trabajo para los
Trabajadores y Trabajadores en Venezuela, proyecto este que tiene
como norte dignificar a la clase obrera, y evitar mecanismos de
explotacion, el punto de la tercerizacion y las cooperativas
contratadas por empresas a generado un gran debate, ya que en algunos
casos, para algunos solo se mantiene entre la empresa y la
cooperativa , una relacion mercantil, que se rige por lo establecido
en el documento de contrato, y otros puntos de vistas aducen que se
trata de una explotacion o una muestra de tercerizacion debido a que
usan el uniforme de la empresa contratante, se aplica el uso de
horarios establecidos por la empresa, y en algunos casos, tabuladores
para pagos según el conocimiento y el desempeño de los asociados
que participan en el proceso productivo, como parte de la estructura
de costo para la contratacion de la cooperativa, o sea, estableciendo
cual es el ingreso que le corresponde a cada asociado según su
conocimiento contra un tabulador establecido por la contratante.
La
realidad es que la Ley en su articulo 48 de la Ley Organica del
Trabajo establece cuales son las formas en que se puede demostrar la
tercerizacion: “...
La contratación de entidad de trabajo para ejecutar obras, servicios
o actividades que sean de carácter permanente dentro de las
instalaciones de la entidad de trabajo
contratante, relacionadas de manera directa con el proceso productivo
de la contratante y sin cuya ejecución se afectarían o
interrumpirían las operaciones de la misma...”. Este
punto primero es importante analizarlo, ya que de esta forma es la
que comumente se han presentando los casos donde existte una supuesta
tercerizacion, en el que las cooperativas son contratadas para
realizar la actividad primaria de la contratante, acordando la
negociacion solo en base a la mano de obra y no por la capacidad de
desarrollar la actividad primaria de la cooperativa utilizando sus
propias herramientas. En relacion a lo anterior,
hace poco lei una nota de prensa del diario El Mundo titulada
“Franquiciados en el limbo con la eliminación de la tercerización”
de Mariana Martínez Rodríguez, la cual hacia referencia en
algunos parrafos sobre la tercerizacion y las cooperativas: “..En
un foro en el Iesa sobre los cambios en la legislación laboral,
Federico López, relacionista industrial, alerta que estas figuras
también pueden encubrir una relación laboral de dependencia. Sin
embargo, considera que en el caso de las cooperativas, que gozan de
una legislación particular, pueden ser una oportunidad de constituir
negocios bien establecidos para favorecer a un grupo de trabajadores.
"Si las cooperativas son para evadir derechos u obligaciones
legales, es mejor que no lo hagan. Pero si son para mejorar derechos
entonces está bien...”
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